PERSONAS NATURALES
Al realizar aportes al Fondo Voluntario de Pensión, usted podrá aportar recursos a diversos portafolios según su perfil de riesgo. El dinero ahorrado podrá ser invertido en títulos de renta fija colombiana, acciones colombianas, activos inmobiliarios, acciones internacionales, entre otros. Además de obtener rendimientos en el largo plazo, los aportes a pensión voluntaria le permitirán obtener varios beneficios. Por una parte, podrá disminuir la retención en la fuente y, por ende, el impuesto de renta a pagar anualmente. Por otro lado, los rendimientos que obtenga a través del fondo serán ingreso no constitutivo de renta. Estos beneficios serán permanentes siempre y cuando usted cumpla con lo siguiente:- Los aportes deberán permanecer 10 años en el fondo de pensión voluntaria.
- Si retira aportes, éstos deberán ser retirados para compra de vivienda.
- Cuando cumplas los requisitos de Pensión.
PERSONAS JURÍDICAS
- Las empresas pueden ser patrocinadoras de los planes de ahorro de sus trabajadores y hacer aportes a través del Fondo Voluntario de Pensión con el fin de contribuir al mejoramiento de su bienestar laboral y pensional.
- Los aportes empresariales pueden ser condicionados, para lo cual la patrocinadora define los requisitos que deben cumplirse para que los trabajadores sean beneficiarios de dichos aportes.
- Las empresas disfrutan de alivios tributarios en Impuesto de Renta y CREE, así como de beneficios laborales, al estructurar Planes Empresariales.
Generalidades de los Planes Institucionales de Pensiones
- Su existencia se ha fundamentado básicamente en los Decreto 2513 de 1987 y el Decreto 663 de 1993 del Estatuto orgánico del Sistema Financiero.
- El decreto 1207 de 2020 define los planes institucionales de pensiones como una clase de plan voluntario de pensiones en los cuales “ solo pueden ser participes los trabajadores, contratistas o los miembros de las entidades que los patrocinen”.
- Se requiere que el aportante patrocinador sea una empresa colombiana (pueden ser de tipo SAS, SA, LTDA, etc.).
- Los Panes Institucionales de Pensiones son programas que permiten a las empresas promover en sus empleados o miembros estímulos e incentivos alineados con las metas de las compañías brindando la oportunidad también de atraer y retener el talento humano, estos son constituidos con los aportes realizados por el empleador o patrocinador, en beneficio de determinador trabajadores o miembros que deben estar plenamente identificados (participes).
- Las compañías patrocinadoras podrán establecer las condiciones de consolidación o los requisitos para acceder a los ahorros de los Planes Institucionales de Pensiones.
- Si bien la normatividad financiera contempla la posibilidad de realizar aportes para socios no- empleados, la deducción o gasto tributario, a juicio de la DIAN y del Consejo de Estado, se restringe solamente a quienes tengan la calidad de trabajadores: concepto 083562/2010 DIAN, Sentencia Exp. 1945 – 10/12/2018, C.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas, Sentencia Exp. 20949 – 10/05/2018, C.P. Stella Jeannette Carvajal Basto.
Beneficios Tributarios de los Planes Institucionales de Pensiones para los trabajadores (Partícipes)
- El solo aporte patrocinador que hace la empresa, no es un ingreso tributario para el trabajador, mientras dicho aporte no se haya consolidado al interior del Plan Institucional de Pensiones( condiciones de consolidación).
- Mientras no se consolide el aporte en cabeza del participe, este no experimenta ningún ingreso que deba ser incluido en su declaración de renta.
- Cuando se consolide el aporte en el PI y se cumpla requisitos de ley (permanencia de 10 años, vivienda, o pensión ), los retiros de los aportes se consideran rentas exentas que no deben ser incluidas en la declaración de renta del periodo en que se realice el retiro (párrafo 1 art. 126-1 E.T.)
- En caso que la consolidación y retiro de los aportes consolidados se realicen sin cumplimiento de requisito para beneficio tributario, el empleado deberá declararlo como ingreso gravado en su cedula de rentas laborales. En este caso, la sociedad administradora del plan, deberá practicar la retención en la fuente contingente que haya sido informada por el empleador.
Retiro con cumplimiento de los requisitos de ley (permanencia 10 años, vivienda, pensión) | Retiros sin cumplimiento de los requisitos de ley |
Mantienen la condición de rentas exentas y no deben ser incluidas en la declaración de renta del periodo en que se efectuó el retiro (par. 1 art. 126 E.T). El afiliado deberá indicar la destinación del aporte para efectos de determinar si el retiro tendrá beneficio tributario en cas en que la permanencia sea menos a 10 años. | El trabajador pierde el beneficio y se efectúa por parte del respectivo fondo o seguro, la retención inicialmente no realizada en el año de percepción del ingreso y realización del aporte según las normas vigentes en dicho momento. La retención en la fuente sobre los rendimientos se causa de acuerdo con las normas generales de retención en la fuente sobre rendimientos financieros (tarifa del 7%) (par. 4 art. 126-1 E.T.) |
Beneficios Tributarios De Los PI Para Las Empresas
Para los empleadores como entidad patrocinadora, serán deducibles las contribuciones que efectúen al PI en la misma vigencia fiscal en que se realicen, dentro del limite de las 3.800 UVT ($137.970.400 para AG 2021) por cada participe trabajador al año (art. 126-1 E.T. inciso 1°). Necesidad, casualidad y proporcionalidad.- Si aportan recursos superiores al tope, este deberá ser tratado como pago salarial, para asegurar la deducción.
- Renta por recuperación de deducciones en caso de no consolidar el plan.
- Aliados en Fondo Voluntario de Pensión: Porvenir, Protección, Colfondos.
Pasos para efectuar la correcta optimización de un Fondo Voluntario e Pensiones:
Paso 1: identificación de necesidades o metas de ahorro.
A través de nuestro Modelo de Acompañamiento en Planeación Financiera y la asesoría de nuestro Consultor de Gestión Patrimonial, com mas de 24 años de experiencia en Colombia, te ayudaremos a concretar tus metas de ahorro e inversión y alcanzarlas junto a TGestiona.Paso 2: Identificación del perfil de cliente
Este paso es muy importante en el camino para construir tu futuro con el Fondo Voluntario. Consiste en identificar tus expectativas en términos de crecimiento de capital, tolerancia al riesgo y plazo. Una vez identificado tu perfil de cliente, es momento de establecer la estrategia alineada a tus metas y objetivos. Esto por medio de la selección de los Portafolios donde vas a ahorrar o invertir.Paso 3: Selección de portafolios
En este paso decides cómo distribuir tus aportes en los Portafolios, según tus expectativas de retorno y perfil de cliente que definiste. Para ello ten en cuenta las siguientes variables:- Región: Local, Internacional, Emergentes, Desarrollados
- Industria: Retail, Financiero, Oil & Gas
- Emisor: Corporativo, Gobierno, Banco Central
- Moneda: COP, EUR, USD, GBP
Paso 4: Conforma tu portafolio de inversión
Con la asesoría especializada que te nuestro Consultor de Gestión Patrimonial, certificado por el AMV Autorregulador del Mercado de Valores, puedes construir tu Portafolio o seleccionar los predefinidos según tu perfil de cliente. Proceso de inversión delegado: El Fondo Voluntario te presenta cuatro Portafolios diversificados, los cuales son administrados por nuestro equipo de inversiones y se ajustan a tu perfil de cliente: Proceso de inversión autogestionado: Con la ayuda de tu Consultor de inversiones y los Portafolios guía, recibes orientación para construir tu Portafolio de acuerdo a tus preferencias y perfil de cliente. Conformación libre del Portafolio de inversión: ¿Tienes experiencia en inversiones?, En el Fondo Voluntario te ofrecemos un esquema de inversión, para que construyas tu Portafolio como desees de acuerdo con tu perfil de cliente.Paso 5: Seguimiento y Monitoreo
A través de nuestro equipo experto en inversiones, aseguramos que tus Portafolios se encuentren invertidos de acuerdo a la estrategia y perfil de cliente que definiste.Paso 6: Desempeño de los Portafolios
Podrás consultar periódicamente el comportamiento de los Portafolios de inversión, en la Administradora seleccionada, con claves de acceso seguras y con el cumplimiento de estándares internacionales.¿Cómo puedo afiliarme?
Para diligenciar el formulario y recibir asesoría personalizada déjanos tus datos de contacto a través de las siguientes opciones y nosotros nos comunicaremos contigo. Conoce los documentos necesarios para afiliarte y recuerda… ¡Juntos podemos hacer que las cosas pasen; es hora de actuar y tomar decisiones para lograr tus proyectos y metas de ahorro! Este cuadro es interesante, construirlo…Operaciones | Empleados | Independiente |
Fotocopia de la cédula ampliada al 150% | X | X |
Certificado de ingresos y retenciones | X |
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Carta Laboral | X |
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Declaración de renta |
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Documento de origen de fondo |
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